UGT Young. Avance abril 2012

Plan Local de Young y su zona de Influencia. Abril 2012
Límite Municipio Administrativo. Límite Municipio Administrativo.

Se puede observar la categorización de suelos (Urbano – Suburbano – Rural), se identifican las zonas industriales y residenciales, y hacia donde es conveniente que se dirija la ampliación de la ciudad.

Se trata del avance correspondiente a abril 2012 que se pone de manifiesto a toda la población, pudiéndose consultar al final de esta sección toda la información. También, en las oficinas de la Unidad de Gestión Territorial -UGT- de Fray Bentos y Young el material está a disposición de todos los interesados. Descargar archivo.

 

  • Capítulo I: Marco Normativo, Disposiciones Generales, Objetivos y Alcances.
  • Capítulo II: Normas – Plan Local de Young y su zona de Influencia.
  • Capítulo III: Disposiciones Especiales.
  • Capítulo IV: Anexos.
    Anexo 1: Planos.
    Anexo 2: Anteproyectos Urbanísticos.
    Anexo 3: Fichas Reglamentadas.
    Anexo 4: Memoria de Planificación.
    Anexo 5: Memoria de Participación.
    Anexo 6: Evaluación Ambiental Estratégica.

Resolución N°: 376
Visto: que en cumplimiento con lo prescripto por la ley na 18.308 fecha 18 de junio de 2008, el presente instrumento de ordenamiento territorial "Plan Local de la ciudad de Young y su zona de influencia", se puso de manifiesto, se aprobó previamente y se celebró audiencia pública.

Considerando: 1) que la elaboración de este plan local se enmarca en lo dispuesto por los artículos 14 y 17 de la ley 18.308 de fecha 18 de junio de 2008.
2) Que durante las etapas participativas correspondientes, como lo fueron la puesta de manifiesto y la audiencia pública, la ciudadana participó activamente, efectuando observaciones que ameritaron un nuevo estudio y revisión del Plan aprobado previamente.
3) Que se reelaboró parcialmente el Instrumento de Ordenamiento Territorial, en virtud de tales modificaciones, y a fin de otorgar las máximas garantías se aprobarán estas modificaciones efectuadas, y se convocará nuevamente a audiencia pública.
4) Que las modificaciones tienen que ver, tales como la nomenclatura de las zonas; unificación de zona -antiguamente era B1 y B2-, cambio de categorización de suelo Zona E -anterior H- de ser categoría urbano, sub categoría interfase urbano-rural de ordenación especial, actualmente es suelo suburbano pasa a ser suburbano, sub categoría interfase urbano-rural de ordenación especial: actual zona H —antes A-; establecimiento de unidades de actuación; zona I —antes D- se categoriza en suelo rural con el atributo de potencialmente transformable; modificación plazo de revisión del Plan, se comete creación de Comisión Asesora.
5) Que es fundamental aprobar previamente el Instrumento de Ordenamiento Territorial Plan Local de la ciudad de Young y su zona de influencia, con las modificaciones efectuadas, y convocar nuevamente a audiencia pública, a fin de otorgar garantía y seguridad jurídica.

Atento a lo dispuesto por el artículo 25 de la ley 18.308 de 18 junio 2008 y demás normas concordantes, complementarias y modificativas.

El Intendente Departamental de Río Negro, resuelve:
Artículo 1º) Apruébase previamente el Instrumento de Ordenamiento Territorial y Desarrollo sostenible "Plan Local de Young y su zona de influencia", y el Informe de Evaluación Ambiental Estratégica respecto de las modificaciones efectuadas en dicho Instrumento.
Artículo 2º) Se comete a la Unidad de Gestión Territorial la convocatoria a Audiencia Pública en la ciudad de Young en lugar, día y hora que considere pertinente y continuar los trámites previos a la aprobación definitiva del Plan y se delega en el Director de la Unidad de Gestión Territorial, Esc. Juan Carlos González, el libramiento de los oficios para solicitar el informe de correspondencia al "MVOTMA" y solicitudes de informes, que indica el artículo 25 de la Ley 18.303.
Artículo 3º) Comuníquese al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la aprobación previa del Plan Local de la ciudad de Young y su zona de influencia.
Artículo 4º) Comuníquese para dar amplia difusión por la Secretaría de Comunicaciones y Prensa (Diario Oficial y medios departamentales), página Web y al Municipio de Young, y siga a la Unidad de Gestión Territorial.
Artículo 5º) Cúmplase, regístrese.

       

Así como acontece con el proyecto para Young, próximamente se podrá observar el Plan de Ordenamiento Territorial de Fray Bentos.

Todo esto se encuentra en el marco de lo establecido por Ley Nº 18.308, Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, del 18 de junio de 2008, su modificatoria Ley 18.367 y su Decreto reglamentario 221/009.

Archivo: Descargar (32,7 MB)