Comunicado de la Comisión Especial de Algorta

Ante los hechos ocurridos días pasados, se quiere dejar en claro que las notificaciones que se realizaron por parte de Policía Rural por animales sueltos y/o atados en la vía pública, no surgieron de la oficina local como se sugirió o se afirmó.

Esto generó molestias a varios vecinos que fueron avisados, para que regularicen la documentación exigida y busquen un sitio adecuado para los animales.

Otro punto que también se da a conocer, es que el Intendente, Dr. Omar Lafluf, efectuó gestiones para que se pueda utilizar el predio de MEVIR, destinándose al pastoreo de los animales que no tienen lugar físico.

Este decreto 223/2022 tiene carácter Nacional y se está aplicando en todos los departamentos.

La fiscalización se está ejecutando conjuntamente con el MGAP (Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca) y MI (Ministerio del Interior).

“Procedimiento animales sueltos en la vía pública”.

Artículo 74 – Código Rural Uruguayo.

La policía no permitirá en los caminos públicos el estacionamiento de ninguna clase de vehículo, de tropa de ganado o arreos, ni la existencia de animales sueltos, ni pastoreo alguno.

Procedimiento:

Aplicación de Multas por parte de la Jefatura: DECRETO 35/983 (TRÁNSITO DE ANIMALES EN LA VÍA PÚBLICA).

Actualizado por el DECRETO 63/017.

• Primera transgresión: 1061,6 U.I. (Unidades Indexadas)

• Reincidencia: 1592,4 U.I. (Unidades Indexadas)

• Segunda o Sucesivas reincidencias: 2132,2 U.I. (Unidades Indexadas)

En todos los casos, es por cada animal.

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