Se trata de aquellas sanciones incluidas en el Decreto 303/2023 del Poder Ejecutivo, a excepción de las identificadas en los códigos que el Artículo 3° de dicha norma revela.
A su vez, el Intendente de Río Negro, resolvió que se aumente un 50%, las sanciones aplicadas por el “uso indebido de aparatos sonoros” (código 9.1.2).
Recordamos que, el Congreso de Intendentes, en su resolución N° 68/022, había aprobado los “Valores unificados de las infracciones de tránsito”; por lo tanto, el Poder Ejecutivo, a través del Decreto 303/2023, aceptó unificar los valores de las multas de tránsito de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 26 de la ley 19.824, tal cual lo solicitaron los jefes comunales.
En tanto, el Artículo 3°, faculta a la Intendencia a incrementar o disminuir en un 50% dentro de su jurisdicción y de acuerdo a las condiciones de circulación, los valores de las multas; exceptuando las específicamente relacionadas en dicho artículo (aquellas que ponen en riesgo la vida o un posible siniestro).