Se mantendrá una estricta fiscalización para controlar dicho cumplimiento.
Según establece la Resolución Nº 917 firmado por el Intendente Dr. Omar Lafluf y el Secretario General Ing. Agr. Jorge Gallo; se dispone la habilitación de eventos con las medidas sanitarias correspondientes.
El aforo de los establecimientos comerciales es el siguiente; población mixta, 40% de la capacidad locativa; población con pauta vacunal completa, habiendo transcurrido 14 días de recibida la última dosis, un 55% de la capacidad locativa.
Asimismo se informa que, el día 25 de agosto (Noche de la Nostalgia) los establecimientos comerciales, deberán permanecer cerrados al público, desde las 05:00 horas, hasta las 07:00; con las únicas excepciones de aquellas que prestan servicios esenciales, tales como estaciones de servicio y farmacias.
Con respecto a las medidas que se deberán cumplir para los espectáculos públicos tienen que ver con:
El control previo al ingreso.
- Medición de la temperatura corporal.
- Información del estado de inmunización.
Medidas de autocuidado.
- Uso de mascarilla facial en lugares abiertos y cerrados.
- Distanciamiento social y físico.
- En caso de que concurran personas mayores de 65 años o que presenten comorbilidades, se sugiere disponer un espacio especial para estas, evitando las áreas comunes.
- Los lugares de ingreso y áreas comunes, deberán contar con dispensadores de alcohol en gel.
- Como mecanismo de trazabilidad, se deberá disponer de un listado con nombre y teléfono de los invitados que concurran al evento.
Aforo y duración del evento, entre otros aspectos locativos.
- Está establecido para población mixta el 40% de la capacidad locativa, hasta un máximo de 100 personas en espacios cerrados y 150 en espacios abiertos.
- Población con pauta vacunal completa, habiendo transcurrido 14 días de haber recibido la última dosis; es del 55% de la capacidad locativa, no superando las 300 personas, si es en espacios cerrados y 350 personas en espacios abiertos.
- La duración máxima total del evento no podrá exceder de la hora 05:00 de la madrugada.
- No se habilita la simultaneidad de dos eventos en un mismo predio, si los espacios cerrados y abiertos son totalmente independientes.
- En los espacios cerrados se debe garantizar una adecuada ventilación en forma permanente.
- Las mesas de los salones deben ubicarse respetando la distancia de dos metros.
- Los locales y servicios deberán contar con un procedimiento de limpieza, higiene, desinfección y eliminación de residuos.
Con respecto a la capacidad locativa, los aforos, así como el cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la misma, serán determinados previamente a la autorización respectiva por el Departamento de Higiene, conjuntamente con un integrante del Ministerio de Salud Pública.
917-covid