El Ejecutivo departamental resolvió aforos y protocolos para los días 24 y 25 de agosto

Se mantendrá una estricta fiscalización para controlar dicho cumplimiento.

Según establece la Resolución Nº 917 firmado por el Intendente Dr. Omar Lafluf y el Secretario General Ing. Agr. Jorge Gallo; se dispone la habilitación de eventos con las medidas sanitarias correspondientes. 

El aforo de los establecimientos comerciales es el siguiente; población mixta, 40% de la capacidad locativa; población con pauta vacunal completa, habiendo transcurrido 14 días de recibida la última dosis, un 55% de la capacidad locativa.

Asimismo se informa que, el día 25 de agosto (Noche de la Nostalgia) los establecimientos comerciales, deberán permanecer cerrados al público, desde las 05:00 horas, hasta las 07:00; con las únicas excepciones de aquellas que prestan servicios esenciales, tales como estaciones de servicio y farmacias.

Con respecto a las medidas que se deberán cumplir para los espectáculos públicos tienen que ver con:

El control previo al ingreso.

  • Medición de la temperatura corporal.
  • Información del estado de inmunización.   

 Medidas de autocuidado.

  • Uso de mascarilla facial en lugares abiertos y cerrados.
  • Distanciamiento social y físico.
  • En caso de que concurran  personas mayores de 65 años o que presenten comorbilidades, se sugiere disponer un espacio especial para estas, evitando las áreas comunes.
  • Los lugares de ingreso y áreas comunes, deberán contar con dispensadores de alcohol en gel.
  • Como mecanismo de trazabilidad, se deberá disponer de un listado con nombre y teléfono de los invitados que concurran al evento.

Aforo y duración del evento, entre otros aspectos locativos.  

  • Está establecido para población mixta el 40% de la capacidad locativa, hasta un máximo de 100 personas en espacios cerrados y 150 en espacios abiertos.
  • Población con pauta vacunal completa, habiendo transcurrido 14 días de haber recibido la última dosis; es del 55% de la capacidad locativa, no superando las 300 personas, si es en espacios cerrados y 350 personas en espacios abiertos.
  • La duración máxima total del evento no podrá exceder de la hora 05:00 de la madrugada.
  • No se habilita la simultaneidad de dos eventos en un mismo predio, si los espacios cerrados y abiertos son totalmente independientes.
  • En los espacios cerrados se debe garantizar una adecuada ventilación en forma permanente.
  • Las mesas de los salones deben ubicarse respetando la distancia de dos metros.
  • Los locales y servicios deberán contar con un procedimiento de limpieza, higiene, desinfección y eliminación de residuos.

Con respecto a la capacidad locativa, los aforos, así como el cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la misma, serán determinados previamente a la autorización respectiva por el Departamento de Higiene, conjuntamente con un integrante del Ministerio de Salud Pública.

917-covid

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