La patente se podrá pagar aun cuando se posea multas de tránsito

Esta propuesta, presentada ante la Mesa del Congreso de Intendentes, contó con el particular impulso del Dr. Omar Lafluf, quien consideró, que esta posibilidad debería abarcar a toda la población.

Cumpliendo con la instrucción del artículo 289 de la ley 20212, el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE), aceptará el pago de la patente de rodados y otros tributos, aunque el contribuyente tenga infracciones de tránsito pendientes.

Según quedó establecido en el artículo 289 de la Rendición de Cuentas, no se podrá exigir ni condicionar el pago de ningún tributo en forma previa o simultánea al pago de deudas generadas por multas de tránsito.

Las redes de cobranza (Abitab / RedPagos) ya recibieron la notificación oficial del SUCIVE, por lo tanto, están habilitadas para efectuar el correspondiente cobro.

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