Intendencia
Plazo único de 90 días para la regularización de adeudos

Se contemplan todos los tributos municipales, a excepción del SUCIVE, que posee su propio y permanente sistema de pago.

El Intendente, Dr. Omar Lafluf y el Director General de Hacienda, Cr. Ángel Nocerino, presentaron los detalles de este nuevo régimen, el cual regirá desde el próximo lunes 13 de mayo del corriente año, prolongándose por tres meses.

Esta última posibilidad podrá ser aprovechada, fundamentalmente, por aquellos contribuyentes morosos o, a quienes se les cayó el convenio anterior (por atraso de pago); podrán ponerse al día, recibiendo importantes quitas, facilidades de pago o reenganchándose a este plan.

Esta medida es tomada por la Intendencia de Río Negro, con la anuencia de la Junta Departamental, al constatarse la existencia de una alta morosidad, principalmente en la Contribución Inmobiliaria Urbana, pero también, comprendiendo las dificultades que, en el territorio, han provocado la sequía, los eventos meteorológicos adversos y los efectos de la frontera.

Se exhorta a los vecinos a que consulten sobre su estado de situación y accedan a las ventajas que se presentan; podrán hacerlo personalmente en Fray Bentos, en el edificio Anexo de la Intendencia de Río Negro (Treinta y Tres Orientales casi España) o en los correspondientes Municipios.

Formas de pago.

– Contado: efectivo al momento de firmar el convenio; o a 30 días, abonando el 50% al momento de firmar el convenio y el restante 50%, al mes siguiente.

– Cuotas: hasta 36 meses, iguales y consecutivos (se podrá estructurar de forma trimestral o semestral).

Quitas.

Estas dependerán de la forma de pago y de las franjas.

Contribución Inmobiliaria Urbana, son cuatro: (presenta un 50% morosidad)

1 – De $0.00 a $724.000 (contado / hasta 100% de quitas)

2 – De $724.001 a $1.811.000 (contado / hasta 95% de quitas)

3 – De $1.811.001 a $5.164.000 (contado / hasta 90% de quitas)

4 – De $5.164.001 en adelante (contado / hasta 85% de quitas)

Contribución Inmobiliaria Rural, según índice coneat 100: (presenta un 20% morosidad)

1 – De 00 a 250

2 – De 251 a 500

3 – De 501 a 750

4 – De 751 en adelante.

A menor número de hectáreas índice coneat 100, mayor serán las quitas de recargos.

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