En el resto de la costa del balneario Las Cañas, no está permitido.
Desde la Armada Nacional se recuerda y exhorta a la población a cumplir con esta disposición, correspondiente al Artículo 128 del Decreto 100/91, el cual establece:
Queda terminantemente prohibido, durante la temporada, llevar animales de cualquier naturaleza a las zonas habilitadas para baños. Multa de una Unidad Reajustable (1 UR).